Información general - Visas de No-Inmigrante
¿ Qué es una visa ? |
¿ Qué tipos de visa hay ? |
¿ Cuáles son los horarios del Consulado ? |
¿ Cuál es el Calendario de Feriados y días de entrenamiento? |
¿ Cómo me puedo poner en contacto con el Consulado? |
¿ Cuáles son los procesos de seguridad para los visitantes ? |
¿ Cómo se solicita la visa de turista ? |
¿ Cuáles son los requisitos para niños? |
¿ Cómo se solicita a través de Agencias de Viaje ? |
¿ Qué es el Programa de Exención de visas ? |
¿ Cómo se puede hacer negocios o trabajar temporalmente en EE.UU. ? |
¿ Cómo solicito una visa L1-A o E ? |
¿ Cuáles son los requisitos para la Visa estudiante ? |
¿ Cuáles son los requisitos para la visa de religiosos ? |
¿ Cuáles son los requisitos para los empleados domésticos? | ¿ Cuáles son los requisitos para diplomáticos ? |
¿ Cuáles son los requisitos para casos médicos ? |
¿ Cuáles son los servicios para residentes de las islas ABC ? (Aruba, Bonaire, Curacao) |
¿ Cuándo son las próximas citas disponibles ? |
¿ Cómo puedo encontrar más información sobre visas ?
Revisado: abril 28, 2005
Las visas de no-inmigrante le permitirá viajar a los Estados Unidos con un propósito específico y por períodos limitados de tiempo. Algunos tipos de visa de No-inmigrante son visas de turismo, visas de estudios y visas temporales de trabajo. Las visas de inmigrante le permiten ser un residente legal permanente en los Estados Unidos, y vivir allí indefinidamente. Este tipo de visa generalmente es el resultado de una petición hecha por algún familiar norteamericano, y puede ser rápida, o durar años, dependiendo de la relación entre el ciudadanos norteamericano, residente permanente, o empleador, y el extranjero por el cual se está solicitando la visa de inmigrante.
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¿Cómo se solicita la visa de No- Inmigrante? (Estudios, trabajo temporal, turismo)
Si usted es menor de 14 años,
mayor de 80 años, o se encuentra renovando una visa de turismo que se haya vencido hace
no más de un año (y haya sido emitida por más de dos años), usted podrá realizar su solicitud a través
de una agencia de viajes autorizada o utilizar el programa de Domesa y no es
necesario que se presente para hacer una entrevista. Vea la lista de agencias
de viajes y/o el proceso de visa de turista a través de Domesa.
Si usted no cumple con los requisitos mencionados en el párrafo anterior, o no
desea utilizar una agencia de viajes, usted deberá contactar al servicio de
información de visas y solicitar una cita. A través de este sistema usted también
puede obtener información con relación a los requisitos que una persona necesita
presentar al momento de realizar la solicitud. Al acceder al servicio de información
de visas desde Venezuela usted llamará al 0800-8473388. Si lo hace desde los
Estados Unidos, usted 1-877-2746682. Usted tendrá otras opciones para acceder
el Sistema de Citas e Información de la Embajada: usted puede cancelar con
tarjeta
de crédito o puede dirigirse a cualquier agencia del Banco Provincial.
Usted deberá cancelar el monto equivalente a 24 dólares americanos en bolívares a la tasa de cambio oficial en cualquier agencia del Banco Provincial. Una vez cancelado este monto en el Banco, usted obtendrá un número "pin" que consta de diez (10) dígitos. Las instrucciones para realizar la solicitud de visa le serán suministradas en el Banco. Usted puede solicitar citas para un grupo de cinco familiares inmediatos con un solo "pin". Si desea solicitar más de cinco citas de un grupo familiar inmediato usted deberá obtener otro "pin" más. Cuando llame al sistema, usted será atendido por un operador hispanohablante que responderá a sus preguntas y programará su cita requerida. Cada número "pin" le concede quince (15) minutos para hablar con un operador para que le dé información, haga su cita, y tome información básica para procesar su visa.
Alternativamente, personas que llamen desde Estados Unidos y Venezuela pueden utilizar sus tarjetas Visa o MasterCard (si estan autorizadas para hacer compras en Estados Unidos o estan registradas en CADIVI) para comunicarse con el centro de llamadas.Para recibir información sobre visas y para programar una cita en la embajada en Caracas, el solicitante de visa que llame desde los Estados Unidos debe hacer un pago de 20 dólares al Servicio que se cargará a su tarjeta de crédito Visa o Mastercard. Aquellas personas que deseen accesar al servicio de citas e información dentro de Venezuela, utilizando sus tarjetas de crédito, podrán hacerlo tan cancelando $23 dólares americanos cargados a su tarjeta Visa o Mastercard (si las mismas han sido aprobadas por CADIVI). Debido a que la Embajada de los Estados Unidos utiliza un servicio de citas a nivel internacional en Latinoamérica, aquellas personas que llamen desde Venezuela y utilicen este servicio, verán reflejado en sus estados de cuenta el monto respectivo al servicio, convertido de pesos mexicanos a dolares americanos. Después que la tarjeta de crédito sea validada, el solicitante tendrá acceso al servicio para recibir información y para hacer la cita.
El solicitante podrá hablar con un operador en inglés o en español que responderá preguntas y podrá fijarle una cita para presentarse en la embajada en Caracas. El Servicio está disponible al público de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. de lunes a viernes.
Todos los solicitantes de visa de No-Inmigrante deben ir a un Banco Provincial
y depositar $131 (ciento treinta y un dólares). Usted debe llevar el formulario DS-156. El formulario DS-156 se encuentra en nuestra página de planillas de solicitud de visa. Los solicitantes deben llenar sus datos directamente en la planilla electrónica (web page) e imprimirla después de generarse el código de barras. El Banco no aceptará planillas que no tengan el código de barras o que hayan sido completadas a mano. Cabe enfatizar que no debe quedar ningún espacio en blanco en el mencionado formulario, y éste debe estar fechado y firmado. El recibo de pago por $131 será impreso directamente sobre el formulario DS-156. Este formulario servirá como constancia de pago y deberá ser consignado junto con los demás recaudos. Se podrán hacer correcciones menores a los datos suministrados en el formulario siempre y cuando la información sea legible. En caso de haber tenido que llenar uno nuevo, los solicitantes deberán presentar ambos.
Llegar a la Embajada treinta (30) minutos antes de la hora de su cita. Este tiempo es necesario para verificar su cita y realizar el chequeo de seguridad. Usted no puede traer a la Embajada aparatos electrónicos (incluyendo celulares) o cualquier tipo de arma.
¡Ojo!:Si
usted no pudo asistir a su cita por cualquier causa (incluyendo causas ajenas
a su voluntad tales como: manifestaciones, marchas, etc.), debe volver a
comunicarse con el sistema automatizado para pedir una nueva fecha para su
cita. Para ello usted puede utilizar el tiempo remanente del depósito de US$24 hecho en el Banco Provincial. Si usted agotó los quince minutos correspondientes al monto cancelado, deberá volver a cancelarlos y hacer una nueva cita. Cuando cancele se le asignará una clave que le será solicitada al realizar su llamada al centro de información.
Para su entrevista, usted necesita presentar:
Un pasaporte vigente en buenas condiciones. Para información
sobre los requisitos de los pasaporte venezolanos para solicitantes de visa
vaya a http://caracas.usembassy.gov/wwwh2416.html. Si su pasaporte no cumple con los requerimientos usted deberá obtener un pasaporte nuevo ANTES de asistir a su cita en la Embajada.
¡Ojo! El gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica no reconoce como válidos los pasaportes venezolanos temporales de una sola hoja para el ingreso a los Estados Unidos o para la tramitación de la visa norteamericana. Tampoco reconoce como válidos los pasaportes venezolanos que hayan estado vencidos por más de cinco años, aunque hayan sido renovados después de ese tiempo. Si usted posee un pasaporte como los descritos anteriormente, usted deberá obtener un nuevo pasaporte de libro antes de solicitar su visa. Sin embargo, las visas emitidas en dichos pasaportes siguen siendo válidas para ingresar a los Estados Unidos hasta la fecha de vencimiento de las mismas, y pueden ser utilizadas si y sólo si se presentan junto con un nuevo pasaporte venezolano de libro. Las personas que poseen visas en estos pasaportes no necesitan tramitar una nueva, sólo lo harán cuando éstas expiren.
Todos sus pasaportes anteriores.
Todos los solicitantes de visa F1, J1 y M1 deben estar presentes en la entrevista,
sin restricción de edad.
Si usted está solicitando visas para sus hijos, usted deberá presentar los pasaportes de ambos padres con visas válidas.
El formulario de solicitud DS-156, la cual puede llenar estando en línea. Este formulario debe estar completamente lleno. ¡No puede dejar preguntas sin contestar! Si hay alguna pregunta que no aplique en su caso, usted puede colocar "n/a", que significa "no aplica".
Una fotografía tamaño 5cm x 5cm, con fondo BLANCO, mirando de frente.
Las personas de sexo masculino, cuyas edades estén comprendidas entre los 16 y 45 años de edad, deberán llenar, adicionalmente, el formulario DS-157. Este formulario también lo obtienen en estas páginas e igualmente debe estar completamente lleno.
Traiga cualquier documentación que usted considere le ayudará a probar sus lazos con Venezuela al oficial consular. Ejemplos de estos lazos son: lazos familiares, propiedades, trabajo, ahorros, viajes anteriores. La falsificación o alteración de alguno de estos documentos puede ser considerado fraude y puede tener como resultado el rechazo de su visa, posiblemente con carácter permanente!
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¿ Cuáles son los requisitos para los niños ?
Requisitos adicionales para menores (personas menores de 18 años):
Para calificar para una visa de No-Inmigrante los solicitantes tienen que mostrar
los lazos a su país. Los niños pueden establecer estos lazos a través de sus
padres o de la persona que tenga la patria potestad del menor.
Para todos los menores de edad (personas menores de 18 años), los solicitantes deben presentar pasaportes de ambos padres, si los padres tienen pasaportes. Si uno los padres no puede presentarse para la entrevista y no posee un pasaporte con una visa Estadounidense vigente, entonces debe de dar su consentimiento por escrito y debe incluir una fotocopia de su cedula para que lo presente a la entrevista el padre que acompañe al menor. Si uno o ambos de los padres posee una visa Estadounidense vigente entonces debe de presentarse con el(los) pasaporte(s) original(es) para la entrevista.
Si solo uno de los padres tiene la patria potestad entonces solo ese padre debe estar presente para dar su autorización, presentar su pasaporte original con una visa Estadounidense vigente o dar su consentimiento por escrito con una fotocopia de su cedula. Ese padre tiene que presentar documentos otorgados por la corte que declaren que se le otorgo la patria potestad del menor o el acta de defunción si uno de los padres ha muerto. Si la persona que tiene la patria potestad es otra persona que no sea uno de los padres (por ejemplo un abuelo) entonces esa persona tiene que estar presente para dar su autorización, presentar su pasaporte original con una visa Estadounidense vigente o dar su consentimiento por escrito con una fotocopia de su cedula y además con pruebas por medio de documentos legales que se le otorgo la patria potestad del menor. Menores de edad que tienen un guardia de custodia tienen que presentar el documento de patria potestad para el guardia de custodia o para el padre con la patria potestad.
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Es posible que usted califique para el programa de Agencia de Viaje. Esta opción
se encuentra disponible para personas mayores de setenta y nueve (79) años
o menores de catorce (14) años que soliciten visa de turismo por primera vez. También
pueden hacer su solicitud a través
de una agencia de viaje aquella persona que haya tenido una visa de turismo válida
por más de dos años, la cual no tenga más de un (1) año
vencida. La visa que desea renovar tiene que ser de la misma categoría
que la visa que se encuentra vencida. Si usted califica para el programa de Agencia
de Viaje, entonces no necesita entrevistarse, pero si su edad se encuentra entre
los 14 y los 80 años es obligatorio que se presente en la Embajada para
la toma de huellas dactilares. Aún si usted califica para el programa
de Agencia de Viaje, usted debe cancelar el equivalente a ciento treinta y un (131) dólares
americanos (Derechos Consulares) a la tasa de cambio oficial en el Banco Provincial,
debe llenar las planillas de solicitud y suministrar los documentos que evidencien
sus lazos con Venezuela. Usted no necesita cancelar el equivalente a los 24 dólares
americanos a la tasa de cambio oficial, para solicitar una cita. Ver ¿Cómo
puedo solicitar una visa de turista? para mayor información.
A continuación la lista de Agencias de Viaje autorizadas para recibir solicitudes de visa:
- Geo/Metropolitana (952-3050) www.geometropolitana.com
- Galpez (793-9237/9609)
- D.H.M. (265-5071/9502) www.DHMCA.com
- A.V.A.V.Y.T. (264-5260 or 264-2356)
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Reglas para pasaportes de países dentro del programa Excención de visas
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El Acta de Inmigración y Naturalización provee un tipo de visa de no inmigrante denominado visa tipo "R", para extranjeros que se dirijan a los Estados Unidos para trabajar en una organización religiosa.
Definición de Trabajadores Religiosos:
Dentro de los trabajadores religiosos se incluyen los ministros religiosos quienes están autorizados por alguna congregación reconocida para conducir oficios religiosos y desarrollar otras tareas usualmente desarrolladas por miembros del clérigo, tales como administrar los sacramentos o sus equivalentes. El término no aplica a predicadores.
Una vocación religiosa implica el llamado a llevar una vida basada en la religión, evidenciada a través de un compromiso de vida como por ejemplo tomar votos. Ejemplos de esto son las monjas, monjes, hermanos y hermanas religiosos.
Una actividad religiosa significa un compromiso habitual en una actividad que involucre y se relacione con el desarrollo de una vida religiosa tradicional. Ejemplos de esto son los trabajadores litúrgicos, instructores de cantos religiosos, catequistas, trabajadores en un hospital religioso, misioneros, traductores religiosos o difusores religiosos. No se incluye dentro de esta clasificación aseadores, miembros de mantención, administrativos u oficinistas y personas que soliciten donaciones. La actividad de la persona que se involucrará en un trabajo religioso debe relacionarse con una función religiosa tradicional, es decir, debe incluir los principios o dogmas religiosos, de no ser así, debe incluir las materias del espíritu que aplican a la religión.
Enlace a: ¿Cómo puedo solicitar una visa de turista?
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Aquellas personas que poseen visas de no-inmigrante y los ciudadanos norteamericanos que planeen visitas temporales a los Estados Unidos, podrán ir acompañados de sus empleados domésticos, estando éstos sujetos a ciertas condiciones, incluyendo entre las mismas que el empleado doméstico demuestre fuertes lazos con su país de residencia, el cual no desea abandonar. Por favor lea los requisitos que se enumeran a continuación.
1. Requisitos del contrato de TODOS los empleados domésticos.
Todos los contratos de empleados domésticos, sin importar el tipo de visa que posea el empleador o la duración de la estadía en los Estados Unidos, deben estar escritos en inglés e incluir la siguiente información:
Estipular que el patrono acatará las disposiciones de la ley laboral de los Estados Unidos, y especificar el salario por hora que recibirá el empleado. Este salario debe ser, al menos, el salario mínimo que establecen las regulaciones federales o estatales, y de estos dos, el que sea el más alto, por un día de trabajo de ocho horas, cualquiera sea el destino.
Pago del 1.5 veces de sobretiempo en caso de que las actividades se excedan de 40 horas semanales.
Promesa por parte del empleado de no aceptar ningún otro empleo mientras se encuentre trabajando para el empleador.
Promesa por parte del empleador que no retendrá el pasaporte del empleado.
Proporcionar hospedaje y boleto de transportación. (El patrono no puede deducir del salario de la empleada estos gastos.);
Establecer que el patrono debe notificar por escrito por lo menos con dos semanas de anticipación su intención de dar por terminado el contrato, y solicitar que la empleada notifique por lo menos con dos semanas de anticipación su decisión de abandonar el empleo; y
El contrato debe estar firmado en original por ambas partes, el patrono y la empleada, y debe presentarse al oficial consular al momento de la entrevista y al inspector del Servicio de Inmigración y Naturalización al momento de entrar en los Estados Unidos.
2. Requisitos por categoría
Además de los requisitos con los que debe cumplir el contrato de empleado doméstico que se menciona anteriormente, algunos documentos adicionales deben ser presentados dependiendo del tipo de visa que posea el empleador.
Empleados domésticos de aquellas personas asignadas a una Organizaión Internacional o misiones bilaterales (A, G):
Deben presentar una nota verbal emitida por la Organización Internacional o Misión Diplomática, confirmando el estatus del empleado principal, y solicitando el otorgamiento de la visa, y
El contrato de empleo certificado por la Organización Internacional o Misión Diplomática del empleador.
Empleados personales de aquellas personas que poseen visa de no-inmigrante (B, L, H, F o J)
Demostrar que tiene residencia establecida en su país de origen, la cual no tiene la intención de abandonar (aún cuando el patrono pueda ya haber demostrado el estatus de no inmigrante, no es necesario que lo evidencie en este trámite);
Demostrar que tiene por lo menos un año de experiencia como trabajador doméstico;
Haber trabajado por lo menos un año para el patrono antes de la fecha en que el patrono fue admitido en los Estados Unidos. Si la relación laboral de empleado/patrono comenzó justo antes de la solicitud de la visa, el patrono puede demostrar que él o ella han contratado empleados domésticos (ya sea durante el año o por temporadas) por muchos años antes de la presentación de la solicitud para la visa B-1 de la empleada.
Empleados domésticos de ciudadanos americanos asignados temporalmente en los Estados Unidos:
Estar sujeto a transferencias de trabajo fuera de su país que duren dos años o más como condición de su trabajo;
Estar regresando a los Estados Unidos por no más de cuatro años;
Haber contratado una empleada durante su estadía fuera de los Estados Unidos por los últimos seis meses y en las mismas condiciones que las que se pretenden ofrecer; y
Ser el único patrono de la empleda.
El empleado doméstico debe demostrar que tiene residencia establecida en su país de origen, la cual no tiene la intención de abandonar; y
Haber trabajado para el patrono por lo menos seis meses o tener por lo menos un año de experiencia trabajando en las mismas condiciones.
Los ciudadanos americanos que viven fuera de los Estados Unidos y que pretenden ir de visita o por vacación a los Estados Unidos deben demostrar con documentos que la relación laboral de patrono/empleada doméstica ya existía antes del viaje que se pretende realizar.
Documentos que deben presentar todos los empleados:
Todas las solicitudes de visa se deben estar acompañadas de:
Planillas de solicitud DS-156 y DS-157 completamente llenas y firmadas
por el solicitante. La planilla de solicitud DS-156 deberá estar validada por el Banco Provincial como comprobante de pago de la tarifa
consular.
Una fotografía fondo blanco tamaño 5cm x 5cm.
Pasaporte vigente en buenas condiciones
Original del contrato de empleo
Los empleadores deben demostrar que pueden cubrir con los gastos de salario del empleado doméstico mientras la visita temporal a los Estados Unidos.
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Los solicitantes de visa pueden utilizar la ventanilla diplomática únicamente
si poseen un pasaporte diplomático, oficial o de servicio y aquellas personas
cuya visita a los Estados Unidos tenga un motivo oficial o sean miembros de
la Asamblea Nacional también podrán utilizar esta ventanilla. Los solicitantes
con pasaporte diplomático que soliciten visa de turismo están exentos del pago
de visa. Los solicitantes con pasaporte de servicio o regular que soliciten
visa de turismo deben realizar el pago de visa. Los solicitantes deben tener
en su poder una Nota Diplomática emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores
o alguna misión diplomática localizada dentro de la zona de jurisdicción del
Consulado de los Estados Unidos en Caracas. Todos los solicitantes deben presentar
los formularios DS-156 y DS-157 (el segundo únicamente para personas de sexo
masculino cuya edad esté comprendida entre los 16 y los 45 años de edad) y
una fotografía fondo blanco tamaño 5cm x 5cm. Los formularios deben estar completamente llenos para poder ser considerado por el Oficial Consular. El horario de
atención de la ventanilla diplomática es de lunes a viernes de 2:00 a 3:00
de la tarde. Le recordamos a las personas que necesiten hacer uso de la ventanilla
diplomática que la misma permanecerá cerrada los días feriados y los días de
entrenamiento y que el proceso normal tarda tres días laborales desde el día
que es presentada la solicitud.
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Aquellas personas que requieran tratamientos o exámenes médicos en los Estados Unidos, deben solictar una visa de turismo o negocios (enlace). Usted debe presentar evidencia de que el tratamiento requerido no se encuentra disponible en su país de residencia. Debe traer un informe emitido por el médico tratante en los Estados Unidos que indique la fecha de su cita, el tratamiento que usted necesita y el costo estimado del mismo. Usted debe demostrar que posee los recursos suficientes para cubrir los gastos de este tratamiento, o que posee una póliza de seguros con cobertura suficiente para indemnizar sus gastos. Vea ¿ Cómo se solicita la visa de turista ? o ¿ Cómo se puede hacer negocios o trabajar temporalmente en EE.UU. ? para más detalles.
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Si vive en las islas Antillas Holandesas, usted cae en el distrito consular de la Embajada Estadounidense en Caracas. Tendrá que pagar lo equivalente de $131 dólares Estadounidenses para solicitar su visa. Puede cancelar en efectivo en bolívares o dólares ya que no se aceptan tarjetas de crédito. Si tiene cuenta bancaria Estadounidense puede hacer un cheque directamente del banco a "U.S. Disbursment Officer".
La Embajada de los Estados Unidos de América tiene el placer de anunciar que el sistema de información de visas puede ser accesado desde Aruba, Curacao y Bonaire a través de un número de los Estados Unidos. Para poder utilizar el servicio usted debe poseer una tarjeta de crédito Visa o Mastercard. El nuevo número telefónico es: 001-303-784-7919. Usted podrá hablar con los operadores tanto en inglés como en español, quienes responderán a sus preguntas y le asignarán una cita para la solicitud de visas en caso de que ésta sea necesaria. Este servicio se encuentra disponible al público de Lunes a Viernes entre 8:00 am y 6:00 pm. (hora local venezolana).
Aquellas personas que decidan utilizar este servicio tendrán la oportunidad de obtener información tanto de visas de inmigrante como visas de no-inmigrante para los Estados Unidos y los requisitos para solicitar las mismas. Debido a recientes cambios realizados por el gobierno de los Estados Unidos en relación a la recolección de huellas dactilares, ciertas personas quienes no necesitaban estar físicamente presentes para una entrevista, deberán asistir personalmente a la Embajada. En un esfuerzo por organizar estas entrevistas adicionales, los solicitantes de visa procedentes de Curacao, Aruba y Bonaire deberán obtener una cita para asistir a la entrevista de visa. Si su presencia física es necesaria, el operador le asistirá durante su llamada y le asignará una cita para la solicitud de visa de no-inmigrante. Todas las citas para solicitar visas de no-inmigrante son asignadas a través de este servicio.
Aquellas personas que residan en las Antillas Holandesas y deseen obtener información de visas o deseen obtener una cita, deberán realizar un pago de $19,00 dólares EEUU por servicio, el cual será cargado a su tarjeta de crédito Visa ó Mastercard. Una vez que la transacción es aprobada, el solicitante tendrá acceso al servicio y podrá recibir la información necesaria y podrá obtener una cita. La información incluye todos los requisitos (generales o específicos) que una persona debe presentar el día de su entrevista para la obtención de una visa norteamericana. El procedimiento también se explica detalladamente. Cinco (5) es el número máximo de personas que pueden solicitar una cita durante una llamada. Estas personas deben ser familiares inmediatos: cónyuge, padres, hijos o hermanos que residan en la misma casa.
A partir del 1ro de Diciembre todos los solicitantes de visa deberán llamar al Servicio de Información de Visas y así determinar si necesitan ó no una cita para realizar la solicitud de visa en persona. A partir del 3 de Enero de 2005 no se le permitirá el acceso a nuestras instalaciones a aquellas personas procedentes de las Antillas Holandesas que se presenten en la Embajada de los Estados Unidos sin una cita.
A excepción de los menores de 13 años de edad y los mayores de 80, todas las personas solicitando una visa para los Estados Unidos debe presentarse en la Embajada para poder así obtener sus huellas dactilares. Los resultados de las huellas dactilares pueden demorarse hasta 24 horas por lo cual la Sección Consular no se encuentra capacitada técnicamente para atender a las urgencias en las que los pasaportes tienen que ser devueltos el mismo día con la visa norteamericana. Si Domesa no realiza entregas en la zona que usted reside, incluyendo Aruba, Curacao y Bonaire, usted debería estar preparado para permanecer en Caracas hasta el día siguiente en horas de la tarde.
La Embajada de los Estados Unidos en Caracas, Venezuela se complace en anunciar este servicio para poder satisfacer de una manera más efectiva las necesidades de los solicitantes de visa en Aruba, Curacao, Bonaire y Venezuela. La Embajada recomienda a todas aquellas personas que requieran una visa para viajar a los Estados Unidos, realizar la solicitud de la misma al menos 3 meses antes de la fecha de viaje.
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A partir del 28 de Septiembre de 2007:
La próxima fecha disponible para entrevista de visa de no inmigrante
es 13 de Marzo de 2008.
Se les informa que debido a los chequeos y medidas de seguridad que se deben seguir al momento de su solicitud de visa de no-inmigrante, el tiempo establecido para el proceso de la misma ser de almenos tres días. Éste no incluye el tiempo de entrega La disponibilidad de citas varía con frecuencia: las citas que usted observa como disponibles en este momento pueden haber cambiado, debido a que las mismas son reservadas constantemente a través del centro de llamadas.
Citas de emergencia médica o duelo familiar: éstas se encuentran disponibles únicamente para aquellas personas que presentan este tipo de emergencia y/o los padres, cónyuge e hijos. Al momento de contactar al centro de llamadas para solicitar la cita, se debe indicar el tipo de emrgencia que la persona presenta.
Otras solicitudes de adelantos de cita: aquellas personas que soliciten adelantos de cita por cualquier otra razón, deben primero contactar al centro de llamadas y solicitar la cita más cercana disponible. Una vez realizada esta llamada, la persona puede enviar su solicitud de adelanto de cita a través de la dirección de email de la sección de visas de no-inmigrante: consularcaracas@state.gov
Toda solicitud de adelanto de cita debe estar acompañada de la fecha y hora de la cita asignada a través del centro de llamadas, así como una breve explicación del por qué de dicha solicitud y un documento escaneado que justifique el adelanto de cita.
Debido al volumen de estas solicitudes no estamos en la capacidad de dar acuse
de recibo a cada una de ellas. Para recibir una confirmación de envío usted debe configurar su email adecuadamente. Por favor no envíe faxes, no llame ni envíe ningún email pidiendo información relacionada al estatus de su solicitud ya que esto erntorpecerá nuestra habilidad para responder de manera eficiente su primera solicitud. Los
adelantos de cita que hayan sido aprobados serán otorgados por orden de prioridad y estarán basados en el tipo de emrgencia y razón de la solicitud. Las personas que realicen solicitudes de adelantos de cita
serán contactadas en caso de que la misma haya sido aprobada. Si usted no es contactado
por nosotros significa que su solicitud no se pudo procesar.
Si usted tiene menos de 16 años, más de 79 años o va
a renovar su visa que expiró hace un año, y que era válida
por más de dos años, usted puede realizar el proceso de solicitud
de visa de turista a través de una agencia de viajes o DOMESA.
Si usted tiene una emergencia médica o por pérdida de un familiar inmediato, puede solicitar una cita temprana a través del servicio regular de solicitud de citas.
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Para recibir mayor información sobre visas o programar una cita de Entrevista en la Embajada, usted deberá hacer un depósito de el equivalente a 24 dólares americanos a la tasa de cambio oficial en cualquier sucursal del Banco Provincial. El recibo del Banco Provincial le proporcionará el teléfono del servicio y una clave (PIN). Cuando usted realice la llamada, será atendido por un operador hispanohablante y dispondrá de 15 minutos para solicitar información y programar su cita. Llame a 0-800-847-3388.
Usted también puede visitar la página del Departamento de Estado: www.unitedstatesvisas.gov/spanish/index.html a través de la cual podrá obtener información adicional.
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